REQUISITOS FASE ADMINISTRATIVA:
Los requisitos para la Adopción Nacional son los establecidos en el Código de la Niñez y Adolescencia Art. 159:
- Estar domiciliados en el Ecuador o en uno de los estados con los cuales el Ecuador haya suscrito convenios de adopción;
 - Ser legalmente capaces;
 - Estar en pleno ejercicio de los derechos políticos;
 - Ser mayores de veinticinco años;
 - Tener una diferencia de edad no menor de catorce ni mayor de cuarenta y cinco años con el adoptado. La diferencia mínima se reducirá a diez años cuando se trate de adoptar al hijo del cónyuge o conviviente, en los casos de unión de hecho que cumpla con los requisitos legales. Estas limitaciones de edad no se aplicarán a los casos de adopciones entre parientes. Tratándose de parejas, los límites de edad se aplicarán al cónyuge, o conviviente más joven;
 - En los casos de pareja de adoptantes, ésta debe ser heterosexual y estar unida por más de tres años, en matrimonio o unión de hecho que cumpla los requisitos legales;
 - Gozar de salud física y mental adecuada para cumplir con las responsabilidades parentales;
 - Disponer de recursos económicos indispensables para garantizar al adoptado la satisfacción de sus necesidades básicas; y,
 - No registrar antecedentes penales por delitos sancionados con penas de reclusión.